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ESTANCIAS TEMPORALES |
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Cuando la estancia en los Estados Unidos es por un propósito específico y en todo caso, de forma no permanente (temporalidad), caso de turistas, estudiantes, gente de negocios para un asunto concreto, los trabajadores temporales, o los diplomáticos de otros países, no es necesario un permiso de estancia (visa) si no se supera un determinado período de tiempo fijado en cada caso por el gobierno americano.
En el puerto de entrada a los EEUU, un oficial del USCIS (United States Citizenship and Immigration Services) debe autorizar la admisión del viajero a los EEUU. En la aduana, pues, el oficial del INS valida el Registro de Entrada y Salida (Form I-94, es corriente que este formulario se rellene en el avión para acelerar trámites), el cual describe la cantidad de tiempo por la cual el viajero se puede quedar en los EEUU. Aquellos visitantes que deseen quedarse más del tiempo indicado en el Registro de Entrada y Salida (Form I-94) deben contactar al INS para solicitar el formulario Form I-539, formulario de Solicitud de Extensión de Estatus. Transcurrido el plazo declarado, o en su caso el extendido, si el visitante extranjero desea permanecer en EE.UU hasta seis meses, debe solicitar una visa B1/B2 en el correspondiente consulado estadounidanse del país de residencia, a menos que dicho visitante extranjero esté exento de todo el requisito de visa, como es el caso, salvo ciertas excepciones, de los ciudadanos canadienses. Estas visas, son, a título de ejemplo, Visas profesionales de trabajo H-1b, Visa F1-Student, etc. Son las llamadas "Visas del No-Inmigrante".
Si el extranjero desea prolongar su estadía por más de seis meses, para el gobierno americano este individuo va a tener la condición de "inmigrante" y no le quedará más remedio que solicitar un permiso de residencia permanente o "tarjeta verde", las conocidas "green cards". Las "Visas del No-Inmigrante" se convierten en muchos casos en un escalón previo para solicitar una "green card" (Tarjeta o Carta Verde). Los requisitos para obtener una "Visa de No-Inmigrante" o permiso temporal consisten básicamente en romper una presunción de la Immigration and Nationality Act (INA), ya que dicha ley presume que la intención de todo solicitante de visa de Visitante o temporal es QUEDARSE en los EE.UU. Así que el visitante que necesite una visa "temporal" o "de visitante" deberá demostrar:
Uno de los supuestos de estancias temporales que no necesitan de visas para estar en los Estados Unidos hasta un máximo de 90 días, es el de personas que encajan en el llamado "Programa Piloto de Exención de Visas", que son aquellos extranjeros procedentes de ciertos países y cuyos motivos de estancia van a ser el turismo o los negocios. En el momento hay 29 paises que participan en el Programa: Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Italia, Japon, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, San Marino, Singapur, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, el Reino Unido y Uruguay. Los extranjeros que ingresen en los EEUU mediante este programa no pueden trabajar o estudiar mientras se encuentren en los EEUU y no se pueden quedar por más de 90 días o cambiar su estatus a otra categoría con el fin de prolongar la estancia.
Finalmente, recordamos algunas de las normas o recomendaciones que señala la Agencia de Aduanas y Protección de Fronteras de los EEUU de América a la hora de entrar en el país: Algunos artículos pueden tener la entrada prohibida, tendrán que cumplir con ciertos requisitos o requerirán una licencia o permiso. Si se quiere hacer pasar algunos de los siguientes por una aduana y/o frontera, habrá que asegurarse de averiguar las reglas y regulaciones que les conciernen:
Las medicinas que contengan drogas adictivas deben ser identificadas claramente. Es recomendable portar sólo la cantidad que uno normalmente necesita. Es preciso llevar una receta o declaración del médico que explique que la medicina es necesaria para la salud del paciente. |
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